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Actas municipales · Folio 67
13 · diciembre · 1931

Educación comarcal y transformación del cementerio

Sesión ordinaria del Ayuntamiento de Calanda

El Ayuntamiento acuerda participar en el proyecto de un Instituto de Segunda Enseñanza en Alcañiz, concebido como iniciativa mancomunada de los municipios de la Tierra Baja, y dispone la eliminación de la separación entre los cementerios civil y católico.

Fecha 13 diciembre 1931
Sesión Ordinaria
Folio 67
Alcalde Joaquín Colera
Secretario Julio Pelayo
Síntesis documental

Dos decisiones de especial trascendencia

La sesión del 13 de diciembre de 1931 concentra su actividad en dos cuestiones: la participación de Calanda en un proyecto comarcal de enseñanza secundaria y la aplicación en el cementerio municipal de lo establecido por la nueva Constitución de la República.
6.000 ptas. · aportación inicial
3 años para abonar la aportación
600 ptas. anuales · becas
18 becas en seis años
Orden del día

Instituto y cementerio

01

Instituto de Segunda Enseñanza

El Ayuntamiento acepta participar en la iniciativa promovida desde Alcañiz para crear un instituto mediante una mancomunidad de municipios de la Tierra Baja.

02

Cementerio municipal

A propuesta del concejal José González se acuerda derribar la pared que separaba los recintos civil y católico del cementerio.

Enseñanza secundaria · Bajo Aragón

Un Instituto de Segunda Enseñanza en Alcañiz

El Ayuntamiento había recibido el proyecto elaborado por el consistorio de Alcañiz. Una comisión alcañizana había acudido además a Calanda el 8 de diciembre para explicar personalmente la propuesta.

El proyecto pretendía constituir una mancomunidad entre Alcañiz y los municipios de la Tierra Baja para sostener conjuntamente un Instituto de Segunda Enseñanza.

La corporación calandina consideró que la iniciativa tenía suficiente importancia y acordó responder afirmativamente.

6.000 pesetas aproximadamente
aportación inicial de Calanda
3 años para satisfacer
la aportación inicial
600 pesetas anuales
destinadas a becas
Mancomunidad

Joaquín Colera representará a Calanda

Una vez aceptada la participación, el pleno delegó en el alcalde Joaquín Colera la representación del Ayuntamiento en la comisión encargada de preparar los estatutos de la futura mancomunidad.

La adhesión no fue incondicional. Calanda formuló diversos criterios que deseaba incorporar a esos estatutos.

Estatutos de la mancomunidad

Las condiciones propuestas por Calanda

1

Mayor aportación de Alcañiz

Calanda considera que Alcañiz debe contribuir con más del 25 % inicialmente propuesto, además de la cantidad que corresponda por su población.

2

Trabajo para los municipios

Los obreros empleados en la construcción del Instituto deberán proceder proporcionalmente de los municipios integrantes de la mancomunidad.

3

Disolución de la mancomunidad

Si la institución desaparece, sus existencias deberán liquidarse proporcionalmente a la participación de cada municipio.

4

Becas por distritos

Las becas deberán reservarse a estudiantes necesitados y distribuirse mediante rotación territorial conforme a la población.

5

Punto no conservado en la transcripción

La publicación pasa directamente del cuarto al sexto punto. No se reconstruye el contenido que pudiera corresponder al quinto.

6

Rendimiento académico

La beca se perderá cuando el estudiante acumule cinco suspensos dentro de un período de tres años.

Advertencia documental: la ausencia del punto quinto puede proceder del manuscrito o de la transcripción de la entrada. Sin cotejar el folio 67 no debe completarse por conjetura.
Acceso a la enseñanza

Un sistema comarcal de becas

18 becas en seis años

La propuesta publicada establece la concesión de tres becas cada año, hasta alcanzar dieciocho durante un período de seis años.

La corporación insiste en dos criterios: necesidad económica y capacidad académica acreditada.

Además, pretende evitar que las ayudas se concentren territorialmente mediante un sistema de rotación por distritos en proporción a su población.

Lectura histórica

Educación, territorio y cooperación municipal

El acuerdo muestra que el Instituto no se concebía únicamente como una institución de Alcañiz. Su financiación, construcción y sistema de becas debían apoyarse en una estructura supramunicipal.

Las condiciones formuladas por Calanda reflejan precisamente esa dimensión territorial: reparto de los costes, distribución del empleo generado por las obras, participación en el patrimonio de la mancomunidad y acceso territorialmente equilibrado a las becas.

Cementerio municipal · Constitución de 1931

Derribo de la pared entre los recintos civil y católico

El segundo gran acuerdo de la sesión fue presentado por el concejal José González. La corporación decidió proceder al derribo de la pared que separaba los cementerios civil y católico.

El propio acta vincula expresamente la decisión al artículo 27 de la Constitución de la República.

«Los cementerios estarán sometidos exclusivamente a la jurisdicción civil. No podrá haber en ellos separación de recintos por motivos religiosos.»
Contexto jurídico

Cuatro días después de la Constitución

La Constitución de la Segunda República fue promulgada el 9 de diciembre de 1931. La sesión municipal de Calanda se celebró el día 13.

El acuerdo sobre el cementerio constituye así una aplicación municipal muy próxima en el tiempo de una disposición contenida en el nuevo texto constitucional.

El artículo 27 garantizaba la libertad de conciencia y sometía los cementerios exclusivamente a jurisdicción civil, prohibiendo que dentro de ellos existieran recintos separados por razones religiosas.

Cronología

Diciembre de 1931

8 diciembre 1931

Una comisión del Ayuntamiento de Alcañiz explica en Calanda el proyecto del Instituto.

9 diciembre 1931

Promulgación de la Constitución de la República.

13 diciembre 1931

Calanda acepta participar en la mancomunidad educativa y formula sus condiciones.

13 diciembre 1931

El Ayuntamiento acuerda derribar la pared entre los recintos civil y católico del cementerio.

Corporación municipal

Los asistentes

Alcalde

Joaquín Colera

Representará a Calanda en la comisión encargada de preparar los estatutos de la mancomunidad.

Vocal

José Ariño

Figura en la relación final del acta.

Vocal

Mariano Aznar

Figura en la relación final del acta.

Vocal

Sebastían Esteban

Se conserva la grafía de la publicación.

Vocal

José González

Propone el derribo de la pared que separaba los dos recintos del cementerio.

Vocal

Antonio Herrero

Figura en la relación final del acta.

Secretario

Julio Pelayo

Secretario de la sesión.

Documento

Acta municipal · Folio 67

13 de diciembre de 1931

La transcripción completa del acta se conserva en la entrada original de CalandaGREC. El documento registra la adhesión al proyecto del Instituto de Segunda Enseñanza de Alcañiz, las condiciones propuestas para los estatutos de la mancomunidad y el acuerdo relativo al cementerio municipal.

Debe prestarse especial atención a la numeración de las condiciones: la transcripción conservada pasa del cuarto al sexto punto.

Consultar transcripción original
Nota editorial

Aspectos que conviene conservar

«Tierra Baja»: se conserva esta denominación porque es la empleada por la transcripción del acta para referirse a los municipios que participarían en la mancomunidad.
Dieciséis / dieciocho becas: al presentar inicialmente el coste, el acta habla de unas 600 pesetas anuales para el mantenimiento de «16 becas». Posteriormente establece tres becas por año, que darían 18 en seis años. Se mantienen ambas cifras porque así aparecen en la fuente y no deben armonizarse artificialmente.
Punto quinto: la enumeración publicada contiene primero, segundo, tercero, cuarto y sexto. La ausencia del quinto se señala expresamente y no se reconstruye.
Fuente:

CalandaGREC, 13 de diciembre 1931. Pleno municipal.
Folio 67.

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