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Proceso criminal · Zaragoza y Calanda · 1588–1589

Lope Calabera, cristiano nuevo de Calanda, ante los Veinte de Zaragoza

Edición crítica, traducción al castellano actual y estudio histórico de un proceso criminal por ladronería, salteamientos y homicidios en los caminos de Aragón y Valencia, seguido contra Lope Calabera, vecino de Calanda, y concluido con condena a galeras perpetuas.

22 de junio de 1589 5 y 10 de julio de 1588 12 de septiembre de 1589 Veinte de Zaragoza Calanda Cristiano nuevo

Área de identificación

Título atribuido Proceso criminal contra Lope Calabera, cristiano nuevo de Calanda
Cronología 1588–1589
Lugar de prisión y sentencia Zaragoza
Procedencia del reo Calanda
Jurisdicción Señores Veinte de Zaragoza
Materia Salteamientos, robos, homicidios, bandidaje y fama pública

Estudio histórico transversal

Este expediente documenta la persecución penal de Lope Calabera, cristiano nuevo de Calanda, detenido en Zaragoza como ladrón, salteador de caminos y homicida. El texto permite reconstruir varias fases del procedimiento: la prisión, la formulación de cargos, la ampliación o adición de acusaciones, los interrogatorios, la recepción de testigos de cargo, la sentencia y su intimación final.

El documento es especialmente relevante porque sitúa a un vecino de Calanda en la órbita de una justicia superior urbana, la de los Veinte de Zaragoza, que actúa sobre delitos cometidos en espacios de tránsito y comercio. No estamos ante una simple querella local, sino ante un caso vinculado a la seguridad de los caminos que conducían a la capital del reino.

El proceso muestra además la estrecha asociación que podía establecerse entre cristianos nuevos, moriscos, cuadrillas armadas y violencia itinerante. Lope Calabera aparece vinculado al Garrido, al Melero, a Moçot, al Fustero, al Roget, al Falcera de Codo y a Juan de Llama, entre otros. La acusación lo sitúa en incendios, robos de mercancías, muertes de viajeros y apoyo logístico a salteadores.

Un rasgo central del expediente es el peso de la fama pública. Los testigos de Calanda, especialmente Joan Méndez y Juan de Muro, no solo aportan hechos concretos, sino una imagen social del reo: “hombre de mala vida”, “muy facineroso”, “salteador de caminos”. En la cultura judicial del Quinientos, esa fama no era un simple rumor, sino un indicio con valor procesal.

También resulta muy significativa la referencia a otros individuos ajusticiados en relación con la muerte de dos mercaderes en las Aloxarras: Serafí Omadiel, Pere Luys, Gerónimo Moçot y un Daniel de Urrea. El documento, por tanto, no solo incrimina a Lope Calabera, sino que se inserta en una memoria penal más amplia sobre la violencia en los caminos del Bajo Aragón.

Clave interpretativa: este proceso no es una simple narración de hechos criminales. Es también un documento de construcción judicial de la peligrosidad social, donde la acusación se apoya en confesiones atribuidas, malas compañías, fama pública y testimonios de cristianos viejos de la villa.
Cautela crítica: la dureza de los cargos no equivale automáticamente a prueba plena. El expediente obliga a distinguir entre imputaciones, respuestas del reo, declaraciones testificales y hechos demostrables.

Actores principales citados

Nombre Condición Papel en el proceso
Lope Calabera Cristiano nuevo, vecino de Calanda Reo principal, condenado a galeras perpetuas.
Martín Riquer Capoleguayta de Zaragoza Ejecuta la prisión del reo por mandato de los Veinte.
Miguel Clara Uno de los Veinte Interroga al reo en la cárcel común.
Miguel de Uncastillo Uno de los Veinte Interroga al reo sobre los cargos y la adición.
Pablo de Elgorrea Notario Intima formalmente la sentencia.
Joan Méndez Obrero de villa, cristiano viejo de Calanda Testigo de cargo principal.
Juan de Muro Zapatero, cristiano viejo de Calanda Testigo de cargo basado en fama pública y encuentro personal.
Garrido Compañero de cuadrilla Figura reiteradamente asociada al reo.
Melero Compañero de cuadrilla Asociado al reo en salidas de robo.
Moçot Molinero de Calanda / compañero citado Relacionado con la banda.
Fustero Compañero citado Se le vincula a hurtos y muertes en caminos.
Roger / Roget Compañero citado Aparece en los cargos como miembro de la cuadrilla.
Falcera de Codo Compañero citado Mencionado por Joan Méndez.
Juan de Llama Vecino de Calanda Mencionado entre los asociados al reo.
Serafí Omadiel Individuo ajusticiado Mencionado por el testigo en relación con las Aloxarras.
Pere Luys Individuo ajusticiado Mencionado por el testigo en relación con las Aloxarras.
Gerónimo Moçot Individuo ajusticiado Mencionado por el testigo en relación con las Aloxarras.
Daniel de Urrea Individuo ajusticiado Mencionado por el testigo en relación con las Aloxarras.
Francisco Vages Testigo de intimación Presente al notificarse la sentencia.
Braulio la Muela Testigo de intimación Presente al notificarse la sentencia.

Edición crítica y traducción al castellano

Se ofrece primero la versión normalizada del texto y, a continuación, una traducción o paráfrasis fiel al castellano actual.

Prisión del reo

A 22 de junio de MDLXXXVIIII años, en Zaragoza, por mandato de los Señores Veinte, Martín Riquer, capoleguayta de la ciudad, prendió la persona de Lope Calabera, vecino de Calanda, por ladrón y salteador de caminos y matador de los que iban y venían a Zaragoza, y lo encomendó en la cárcel real al alcaide de aquella, en nombre de los Señores Veinte.

El 22 de junio de 1589, por orden de los Veinte de Zaragoza, Martín Riquer detuvo a Lope Calabera, vecino de Calanda, acusado de ladrón, salteador de caminos y homicida de viajeros, y lo entregó a la cárcel real.

Cargos formulados

Cargos que se le hacen a Lope Calabera de Calanda

1º. Que ha ido en compañía del Garrido y del Melero por el presente reino, en compañía de otros siete moriscos, y quemaron el lugar y iglesia de Chinches, en el reino de Valencia, y también con otro llamado Moçot, robando por los caminos reales y matando cristianos viejos que iban y venían a la presente ciudad.

Primer cargo: se le acusa de haber actuado con el Garrido, el Melero, Moçot y otros siete moriscos, participando en robos, homicidios e incluso en el incendio del lugar y la iglesia de Chinches, en el reino de Valencia.

2º. Que el dicho Lope Calabera, con algunos de Sástago, salían a robar y matar a la Val de Amposta a los que iban y venían a la presente ciudad.

Segundo cargo: se le imputa participar en salidas de robo y muerte en la Val de Amposta, contra quienes viajaban hacia Zaragoza.

Adición

1º. Que dicho Lope Calabera, juntamente con otros, se halló en hurtar a uno de Las Cuevas dos piezas de paño y un pedreñal cerca de la villa de Alcañiz, y que el dicho Calabera vino a vender dichos paños a Alcañiz.

Se añade que participó en el robo de dos piezas de paño y un arma de fuego, y que después intentó vender el botín en Alcañiz.

2º. Ítem, que el dicho Lope Calabera, juntamente con el Garrido y otros, mataron en las Aloxarras dos mercaderes que iban por el dicho camino, y les robaron todo lo que llevaban, y le cupo mucha parte de dichos bienes robados al dicho Calabera.

También se le acusa de haber participado con el Garrido en el asalto y muerte de dos mercaderes en las Aloxarras, recibiendo una parte importante del botín.

3º. Ítem, que el dicho Lope Calabera ha ido muchas veces en compañía del Fustero, el Melero, el Roger, haciendo muchos males y hurtos y muertes a los que iban por caminos reales.

Tercer añadido: se lo presenta como miembro habitual de cuadrillas dedicadas a hurtar, matar y asaltar en caminos reales.

4º. Ítem, el dicho Lope Calabera, acostumbrado a sacar provisiones y de comer a gente facinerosa y salteadores de caminos.

Cuarto añadido: se afirma que abastecía de comida y provisiones a bandidos y delincuentes.

Interrogatorio de 5 de julio de 1588

Die quinto mensis Julii anno MDLXXXVIII. Dentro la cárcel común de la dicha ciudad, los señores Miguel Clara y Miguel de Uncastillo, unos de los Veinte, interrogaron a Lope Calabera, cristiano nuevo, vecino de Calanda, el cual respondió a los cargos que se le hicieron lo siguiente.

Al primero, que conoce al Garrido y al Melero y los ha tenido por hombres de bien, pero nunca ha ido en su compañía; y lo demás contenido en él, y que conoce a uno llamado Moçot, molinero de Calanda, pero no sabe si es el nombrado en el artículo; lo niega.

Al segundo, que lo niega, pero que muchas veces ha pasado por allí con machos cargados en compañía de otros de Calanda, llevando mercaderías, pero no robando ni matando.

En el interrogatorio, Lope Calabera negó haber actuado con el Garrido y el Melero. Admitió conocerlos, y dijo haber transitado con mercancías por aquellas rutas, pero de forma lícita.
Observación crítica: la fecha “1588” plantea un problema, ya que la prisión se fecha en junio de 1589. Puede deberse a error de copia, error del registro o arrastre de una datación previa.

Interrogatorio de 10 de julio de 1588

Die decimo mensis Julii anno MDLXXXVIII. Dentro la cárcel común de la ciudad de Zaragoza, el señor Miguel de Uncastillo, uno de los Veinte, interrogó a Lope Calabera sobre la adición que se le ha hecho, el cual respondió de la manera siguiente.

Al primero, que niega lo contenido en el caso.

Al segundo, que niega lo contenido en dicho auto, y que oyó decir que en las Aloxarras habían muerto dos mercaderes, pero que no sabía quién los mató ni ha oído decir ni se ha hallado en sus muertes; y que conoce al Garrido, que estuvo en Calanda, y que lo tuvo siempre por hombre de bien.

Al tercero responde que conoce al Melero de Xielsa y que al Fustero y al Roget no los conoce ni ha oído jamás entre compañía ni les ha hablado, y que lo demás contenido en dicho acto lo niega.

Al cuarto lo niega, y que nunca ha sacado provisiones ni de comer a gente facinerosa. Preguntándole si tenía en Calanda algunas personas de quien tener sospechas, respondió que en la villa de Calanda ni en otras partes no tenía personas de quien tener sospechas.

Díjosele que del presente día de hoy adelante entendiese en defenderse y traer los testigos que quisiese, que se le recibirían; el cual respondió que no tenía dineros ni personas que hiciesen por él y que le diesen al procurador de los pobres para que lo defendiese.

En el segundo interrogatorio negó todos los cargos añadidos, dijo no saber quién mató a los mercaderes de las Aloxarras y pidió que se le asignase el procurador de pobres, alegando no tener medios para defenderse.

Sentencia

A doce días del mes de septiembre del año de mil quinientos ochenta y nueve, los dichos Señores Veinte condenaron a galeras perpetuas al dicho Lope Calabera.

El 12 de septiembre de 1589, los Veinte de Zaragoza condenaron a Lope Calabera a galeras perpetuas.

A diez días del mes de noviembre del dicho año de mil quinientos ochenta y nueve, dentro de la cárcel común de la dicha ciudad, yo Pablo de Elgorrea, notario, intimé la sobredicha sentencia al dicho Lope Calabera, el cual la tuvo por intimada [...] Testes Francisco Vages y Braulio la Muela, servientes, Cesaraugusta habitantis.

Dos meses después, el notario Pablo de Elgorrea notificó formalmente la sentencia en la cárcel, con presencia de testigos.

Testigos recibidos contra Lope Calabera

Joan Méndez, obrero de villa, cristiano viejo de Calanda

Joan Méndez declaró conocer a Lope Calabera desde hacía más de veinte años y tenerlo por hombre de mala vida y peor fama. Afirmó que, siendo guarda y montero de los montes de Calanda, lo vio andar en compañía del Garrido y de otros siete ladrones por los términos de Foz y Calanda, robando a los caminantes.

Añadió que Lope le había confesado haber participado en el robo de dos piezas de paño —una blanca y otra parda— y un pedreñal, tomados a uno de Las Cuevas en el camino real hacia Alcañiz, y que esos paños habían sido vendidos luego en Alcañiz. Dijo también que, con otros monteros, siguió muchas veces a Lope, al Garrido y a sus compañeros para prenderlos, por estar apellidados como ladrones y salteadores.

Según este testigo, Lope le confesó haber salido a robar a la Val de Amposta con el Falcera de Codo, Moçot de Calanda, Juan de Llama, el Melero y el Garrido, y le habría dicho asimismo que él, el Garrido y otros se habían repartido el botín de dos mercaderes muertos en las Aloxarras. Joan Méndez añadió que era voz común y forma pública en Calanda que Lope era hombre muy facineroso y que incluso había matado a su mujer.

El testimonio de Joan Méndez es la pieza de cargo más fuerte del expediente: combina observación personal, persecuciones previas, supuestas confesiones extrajudiciales y fama pública.

Juan de Muro, zapatero, cristiano viejo de Calanda

Juan de Muro declaró que era voz común y fama pública en Calanda que Lope Calabera era hombre de mala vida y muy facineroso, compañero de salteadores de caminos. Añadió que unos cuatro años antes, yendo de Calanda a Foz, lo encontró en el camino acompañado de siete bandoleros del reino de Valencia, uno de ellos llamado Bajetre, y que todos llevaban pedreñales y alfanjes, incluido el propio Lope Calabera.

Este segundo testigo refuerza la acusación por dos vías: la fama pública del reo y un encuentro directo en el camino con una cuadrilla armada.

Notas críticas y valoración final

  • La cronología interna presenta una posible discordancia entre la prisión en 1589 y los interrogatorios fechados en 1588.
  • La acusación se apoya en una combinación de cargos formales, testificaciones y fama pública.
  • El reo niega sistemáticamente los hechos, reconoce solo conocer a algunos de los acusados y solicita defensa de pobre.
  • La figura de “cristiano nuevo” no es neutra y probablemente pesa en la construcción judicial de su peligrosidad.
  • El expediente permite conectar este caso con otras violencias atribuidas a individuos de Calanda y del entorno del Bajo Aragón.
Conclusión crítica: el proceso presenta a Lope Calabera como sujeto ya socialmente condenado antes de la sentencia, por acumulación de fama, compañía criminal y memoria oral de violencias previas. La pena de galeras perpetuas muestra la extrema gravedad con que la justicia zaragozana trató los delitos de camino.

Nota editorial

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