Comandas, cancelaciones y obligaciones en Calanda
Registro de actas de Pedro Morales notario. de Calanda (1625)
Contexto
Los asientos aquí reunidos muestran una práctica muy frecuente en la documentación notarial aragonesa del siglo XVII: la comanda como fórmula de obligación y depósito, y su posterior cancelación cuando la deuda se extingue o se declara satisfecha. A través de cantidades modestas o medianas en trigo y sueldos jaqueses, aflora una economía rural donde labradores, tejedores, pelaires, vicarios e infanzones recurren habitualmente al notario para fijar sus derechos.
El interés del conjunto no reside solo en la cifra de cada operación, sino en la repetición de las fórmulas jurídicas: obligación de la persona y de los bienes, especial señalamiento de caballerías como garantía, cancelación expresa del acto público anterior y presencia constante de testigos locales. Todo ello permite entender cómo la escritura construía seguridad jurídica en la vida cotidiana de Calanda y su entorno.
Claves de lectura
La comanda como instrumento
Sirve para reconocer una deuda o depósito y obliga al deudor a restituir trigo o dinero cuando sea reclamado.
Garantías personales y reales
Junto a la persona del obligado se vinculan bienes muebles, sitios y, en ocasiones, animales concretos como garantía especial.
Cancelación del acto
Varios folios muestran la anulación formal de comandas anteriores, lo que demuestra la importancia del cierre notarial de la deuda.
Red social local
Los comparecientes pertenecen a Calanda, Alcañiz, La Codoñera, Molinos, Villanueva de Bergé o Castellote, revelando una red económica comarcal.
Resumen de folios
| Folio | Fecha | Tipo de acto | Contenido principal |
|---|---|---|---|
| 1 | 1 diciembre 1625 | Comanda de trigo | Juan José Julis y Antón Mateo reconocen 50 cahíces de trigo de Pedro de Sora. |
| 1 | 27 diciembre 1625 | Cancelación de comanda | Gabriel Moragrega cancela una comanda de 600 sueldos otorgada por Domingo Herrero menor. |
| 2 | 8 diciembre 1625 | Comanda de dinero | Juan Bosque reconoce 850 sueldos jaqueses de Miguel Ciprés, con un macho castaño como garantía especial. |
| 3 | 1625 | Venta / transmisión | Jaime Sebastián Sobradiel, como heredero, vende a Gracia Sobradiel una cantidad de 1000 sueldos. |
| 8 | 22 enero 1625 | Cancelación | Rafael Giner, Jaime Giner y Ángela Giner cancelan una comanda de 400 sueldos. |
| 31 | 12 marzo 1625 | Comanda de dinero | Miguel Villanova reconoce 240 sueldos de Antón Navarro y obliga una mula de pelo pardo. |
| 32v | 18 marzo 1625 | Comanda de trigo | Jaime Giner reconoce dos cahíces de trigo de un vecino de Villanueva de Bergé. |
| 33 | 20 marzo 1625 | Cancelación | Tomás Lecha anula una comanda de 1000 sueldos otorgada por Gabriel Ciprés y su hermano. |
| 88 | 1 abril 1625 | Venta de plantado | Colau Andrés registra una operación sobre una plantada de cepas, oliveras y otros árboles en Castellote. |
Transcripción depurada
Folio 1
Die I mensis decembris anno MDCXXV in villa Calanda.
Eodem die et loco que nosotros Juan José Julis, vicario de la parroquial iglesia de la villa de Calanda, y Antón Mateo, tejedor, habitante en la villa de Calanda, de grado reconocemos, confesamos tener y que tenemos en verdadera comanda pura, llana y fiel depósito de Pedro de Sora, infanzón, alcalde de la villa de Calanda, a saber, 50 cahíces de trigo bueno.
Y aquellos prometemos y nos obligamos, juramos por Dios, de restituir, tornar y librar siempre que de nosotros y de nuestros bienes recibir y cobrarlo quisiereis.
Y a lo cual tener y cumplir obligamos nuestras personas y todos nuestros bienes, así muebles como sitios, queriendo que la presente obligación sea especial con cláusulas de ejecución, precario, inventariación de bienes muebles y renunciación de leyes. Ett fiat large ett.
Testigos: Miguel Morales, conductor de la parroquia de Molinos, y Melchor Vidangos, habitante en Calanda.
Die XXVII mensis decembris anno MDCXXV in villa Calanda.
Eodem die et loco que yo Gabriel Moragrega, habitante en la villa de Calanda, atendido y considerado Domingo Herrero menor, vecino de dicha villa, haberse obligado a tener en comanda de mí 600 sueldos jaqueses, y haber prometido restituirlos conforme al acto hecho en Calanda a 7 de marzo de 1622, por tanto de grado cancelo y anulo el dicho acto de comanda y todo lo en él contenido.
Obligo mi persona y bienes muebles y sitios. Ett fiat large ett.
Testigos: Miguel Morales y Antón Mateo, habitantes en Calanda.
Folio 2
Die VIII mensis decembris anno MDCXXV in villa de Calanda.
Eodem die et loco que yo Juan Bosque, labrador, vecino de La Codoñera y de presente en Calanda, reconozco tener en verdadera comanda de Miguel Ciprés, labrador vecino de Calanda, 850 sueldos jaqueses.
Prometo restituirlos siempre que me fueren reclamados, obligando mi persona y bienes, y señalando en especial un macho de pelo castaño, con cláusulas de ejecución y aprehensión.
Testigos: Antonio Gil y Pedro Moreno mayor, labradores de Calanda.
Folio 3
Eodem die et loco que yo Jaime Sebastián Sobradiel, vecino de Alcañiz, de presente en Calanda, como heredero universal de Jacinto Sobradiel, vendo a Gracia Sobradiel, mi hija, mujer de Pedro Chicarte, 1000 sueldos jaqueses, conforme al testamento otorgado en Alcañiz en 1622 ante Pedro Juan Fraello, notario.
Folio 8
Die XXII mensis januarii anno MDCXXV.
Eodem die et loco que Rafael Giner, Jaime Giner y Ángela Giner, padre e hijos, habitantes en Calanda, cancelan una comanda de 400 sueldos jaqueses otorgada por Juan Esteban en 1624, declarando extinguido el acto y todas sus obligaciones.
Testigos: Antón Fulleda y Francisco Jarque.
Eodem die et loco que yo Gaspar Fuster, labrador vecino de Alcañiz, reconozco cancelada una comanda de 400 sueldos jaqueses y 3 cahíces de trigo otorgada por Juan Esteban en 1622.
Folio 31
Die XII mensis martii anno MDCXXV in villa Calanda.
Eodem die et loco que yo Miguel Villanova, pelaire, vecino de Calanda, reconozco y confieso tener en verdadera comanda de vos Antón Navarro, mancebo, habitante en la dicha villa, la suma de 240 sueldos jaqueses, que prometo restituir, obligando mis bienes y señalando en especial una mula de pelo pardo. Fiat large.
Testigos: Juan Navarro, sastre, y Martín Blasco, labrador.
Folio 32 v
Die XVIII mensis martii anno MDCXXV in villa Calanda.
Eodem die et loco que yo Jaime Giner, labrador, reconozco tener en comanda de vos Villalba, vecino de Villanueva de Bergé, dos cahíces de trigo, que prometo restituir.
Testigo: Pedro Juan Villanueva.
Folio 33
Die XX mensis martii anno MDCXXV in villa Calanda.
Eodem die et loco que yo Tomás Lecha, labrador, cancelo una comanda de 1000 sueldos jaqueses otorgada por Gabriel Ciprés y su hermano, anulando el acto en su totalidad. Ett fiat large.
Testigos: Miguel Aguilar menor y Juan Villanueva de Andrés.
Folio 88
Die primo aprilis anno MDCXXV in villa Calanda.
Eodem die et loco que yo Colau Andrés, tejedor, vecino de Castellote y de presente en Calanda, reconozco haber recibido de Juan Recall, labrador del Burgo de Foz, una plantada de cepas, oliveras y otros árboles en el término de Castellote, partida de los Villares.
Nota editorial
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