Los moriscos de Calanda ante la Inquisición
Una carta del Tribunal de Zaragoza sobre los nuevos convertidos y el alcaide Andrés de Rosales
El documento permite observar simultáneamente la organización de la comunidad morisca calandina, sus relaciones con la Inquisición de Zaragoza y la posición del alcaide de la villa dentro del complejo escenario político y jurisdiccional del Aragón de finales del siglo XVI.
Calanda en 1575: una villa mayoritariamente morisca
Durante la segunda mitad del siglo XVI, la población de Calanda estaba formada mayoritariamente por cristianos nuevos de origen musulmán. La comunidad morisca constituía, por tanto, una parte fundamental de la sociedad y de la economía local.
La conversión al cristianismo no había eliminado las sospechas que las autoridades eclesiásticas mantenían sobre la sinceridad de las prácticas religiosas de los nuevos convertidos. La Inquisición aragonesa desarrolló una creciente vigilancia sobre estas comunidades, interesándose por sus costumbres, prácticas religiosas y relaciones internas.
La carta conservada en el Archivo Histórico Nacional permite acercarnos directamente a ese proceso desde la correspondencia interna del propio Tribunal de Zaragoza.
Dos noticias sobre Calanda en una misma carta
Los nuevos convertidos de Calanda
Un representante procedente de Calanda compareció ante la Inquisición junto con representantes de los moriscos de Zaragoza para solicitar una «gracia» en nombre de ambas comunidades.
El alcaide Rosales
El Tribunal ordenó realizar diligencias sobre una posible red relacionada con la introducción de caballos en Aragón y dispuso que se procediese especialmente contra Rosales, alcaide de Calanda, si aparecía alguna responsabilidad.
Los moriscos de Calanda solicitan una «gracia»
La primera referencia a Calanda aparece al comienzo de la carta. Los inquisidores informan de la llegada a la audiencia de varios moriscos de Zaragoza y de «uno de Calanda».
Los comparecientes presentaron una petición en nombre de los nuevos convertidos de Zaragoza y Calanda. En ella se declaraban «muy fieles vasallos de Su Majestad» y manifestaban su disposición a recibir como una gran merced cualquier «gracia» que pudiera concedérseles.
«vinieron a la audiencia de moriscos de esta ciudad y uno de Calanda, y presentaron petición en nombre de los convertidos de esta ciudad y de Calanda»
El Tribunal no entró inmediatamente en el fondo de la petición. Antes exigió que quienes actuaban en nombre de las comunidades demostrasen que disponían de poderes suficientes para representarlas.
La respuesta del representante calandino resulta particularmente interesante: afirmó que traería inmediatamente el poder correspondiente. En el momento en que los inquisidores redactaron la carta todavía no había regresado.
Este detalle revela que la comunidad de nuevos convertidos de Calanda podía recurrir a mecanismos formales de representación para relacionarse con una institución situada fuera de la localidad y defender colectivamente sus intereses.
Dos formas distintas de representación
La carta establece además una interesante diferencia entre los moriscos de Zaragoza y los de Calanda.
Los de Zaragoza explicaron que no habían podido otorgar poder porque el Santo Oficio les había prohibido reunirse. Solicitaron por ello autorización para congregarse en el convento de San Francisco, como habían hecho con ocasión de una gracia anterior.
El representante de Calanda, en cambio, manifestó simplemente que presentaría el poder de su comunidad.
| Comunidad | Situación descrita | Procedimiento |
|---|---|---|
| Zaragoza | Los nuevos convertidos no disponían todavía de poder porque tenían prohibido reunirse. | Solicitan autorización para reunirse en San Francisco y otorgarlo. |
| Calanda | Un representante comparece ante el Tribunal en nombre de los nuevos convertidos de la localidad. | Se compromete a presentar el poder que acredita su representación. |
Rosales, alcaide de Calanda, bajo investigación
La segunda referencia a Calanda aparece en un asunto diferente. El doctor Camargo, identificado en la carta como juez de sacas, había comunicado al Consejo Real el descubrimiento en Deza de una cueva relacionada con la introducción de caballos en el reino.
Los inquisidores anunciaban que realizarían las diligencias necesarias para averiguar si entre los implicados había personas pertenecientes a su distrito.
«se procederá contra ellos y especialmente contra Rosales, alcaide de Calanda, si resultare culpa contra él»
La formulación utilizada por los inquisidores es importante. El documento no afirma que Rosales fuese culpable. Señala expresamente que se actuaría contra él únicamente «si resultare culpa contra él».
Estamos, por tanto, ante una investigación y no ante una condena. El interés de la noticia reside precisamente en que el alcaide de Calanda aparece dentro del campo de atención del Tribunal en septiembre de 1575.
Una ventana excepcional sobre la Calanda del siglo XVI
Aunque la carta trata numerosos asuntos administrativos del Tribunal de Zaragoza, las dos referencias a Calanda permiten observar aspectos diferentes de la sociedad local.
Por un lado aparece la comunidad morisca, capaz de enviar un representante a Zaragoza y participar junto a los nuevos convertidos de la capital en una negociación colectiva con la Inquisición.
Por otro aparece el alcaide de Calanda, mencionado individualmente por los inquisidores dentro de unas diligencias relacionadas con la circulación de caballos.
Ambas noticias sitúan a Calanda dentro de redes que superaban ampliamente el marco local. Las decisiones que afectaban a sus habitantes podían discutirse en Zaragoza y quedar registradas en la correspondencia del Santo Oficio.
Tampoco permite, por sí solo, determinar cuál fue finalmente la «gracia» negociada, si los representantes llegaron a presentar sus poderes o si las diligencias practicadas contra Rosales demostraron alguna responsabilidad. Para responder a estas cuestiones sería necesario seguir la correspondencia posterior del Tribunal.
Documento
Se reproduce a continuación íntegramente el texto facilitado, manteniendo su contenido en un área desplazable para facilitar la consulta del documento sin alargar excesivamente la página.
Muy Ilustres Señores,
A 22 del presente se recibió en este Santo Oficio la carta de Vuestra Señoría de 15, y en lo tocante a la gracia que pretenden los nuevos convertidos lo que hay de nuevo es que vinieron a la audiencia de moriscos de esta ciudad y uno de Calanda, y presentaron petición en nombre de los convertidos de esta ciudad y de Calanda, en que en efecto dijeron que, siendo como son muy fieles vasallos de Su Majestad y como tales entienden les desea la salvación de sus almas, y este Santo Oficio en su lugar, que de cualquiera manera se les hagamos de gracia la recibirán por muy grande.
Respondimosles que, pues lo pedían en nombre de los nuevos convertidos de Zaragoza y Calanda, mostrasen el poder que de ellos toman para que, visto, se provea lo que convenga. Los de esta ciudad dijeron que no lo tenían, porque no se habían osado juntar por haberse proveído en este Santo Oficio que no se juntasen; que dando licencia, se juntarían en San Francisco para otorgar el poder los moriscos de esta ciudad, como lo hicieron para la gracia pasada. Y el de Calanda dijo que lo traería luego; hasta ahora no han vuelto. A los de esta ciudad se dará licencia para que se junten en San Francisco para el dicho efecto, no mandando Vuestra Señoría otra cosa, porque como no tienen concejo particular sino que están incluidos en el de la ciudad, no pueden dar poder de otra manera.
Ofrécenos duda si con estos solos, no viniendo los demás del Reino, trataremos de las capitulaciones, o se les responderá (entrelíneas: alguna otra cosa) después que hayan presentado los poderes. Suplicamos a Vuestra Señoría mande lo que es, y cuándo en razón de esto de la gracia se haya de tratar algo con el virrey, se hará por el orden que Vuestras Señorías manden.
En el negocio de Francisco de Alloza, andador de los jurados, se sobresee hasta que Vuestra Señoría se sirva de mandar otra cosa.
Acerca de lo que el Doctor Camargo, juez de sacas, escribano al Consejo Real, de la cueva de meter caballos en este Reino que ha hallado en Deza, haremos todas las prevenciones y diligencias posibles para entender si hay algunos culpados de este distrito, y se procederá contra ellos y especialmente contra Rosales, alcaide de Calanda, si resultare culpa contra él.
Con esta enviamos copia de los testigos que de nuevo se han recibido en razón de la costumbre que los inquisidores han tenido de estar en las ventanas de la plaza cuando iban a fiestas, y de poner en tiempo de cinco virreyes que, asistiendo de ellas, estaban también los inquisidores con los mismos aderezos que tuvieron el día de San Jorge. Y aunque haya otros muchos testigos que se acuerdan de haber visto las ventanas en que estaban los inquisidores aderezadas de la misma manera, no se han recibido porque no tienen memoria si estaban los virreyes en las fiestas; mas es cosa verísima que estarían, porque siempre que los inquisidores iban, por la mayor parte era en fiestas que la ciudad hacía por alegrías de nacimientos de príncipe o algún otro buen suceso, y no es de creer que a esta faltasen los virreyes.
Como Sebastián Bonfill, notario de secuestros, servía el oficio de alcaide, no había falta en las cárceles; ahora con su muerte tememos que la habrá. Suplicamos a Vuestra Señoría mande al que está proveído venga con la brevedad que haya lugar. También hay necesidad de que venga el notario del secreto, porque como está uno en la visita hay falta de quien escriba. Vuestra Señoría mandará proveer como fuere servido.
Nuestro Señor las muy Ilustres personas y estado de Vuestras Señorías guarde y prospere, etc.
En la Aljafería de Zaragoza, 26 de septiembre de 1575.
Muy Ilustres Señores Inquisidores,
Besa las manos a Vuestras Señorías,
Sus servidores.
[Firmas autógrafas:
El Licenciado Sanctos,
El Licenciado Roche]
¿Qué aporta este documento a la historia de Calanda?
| Aspecto | Información documental |
|---|---|
| Moriscos | Existía una comunidad de nuevos convertidos de Calanda que actuaba colectivamente ante la Inquisición. |
| Representación | Un hombre de Calanda compareció en Zaragoza en nombre de la comunidad y manifestó que aportaría el correspondiente poder. |
| Relación con Zaragoza | Los nuevos convertidos de Calanda participaron en una petición conjunta con los de Zaragoza. |
| Inquisición | El Santo Oficio exigió acreditar formalmente la representación antes de continuar las negociaciones. |
| Rosales | El alcaide de Calanda aparece mencionado expresamente entre las personas sobre las que debían practicarse diligencias si surgían indicios de responsabilidad. |
| Fecha | La carta fija ambos acontecimientos antes del 26 de septiembre de 1575. |
Fuente documental
Sección Inquisición
Libro Tercero de Cartas del Tribunal de la Inquisición de Zaragoza
Libro núm. 963, ff. 280r-281r.
Carta fechada en la Aljafería de Zaragoza, 26 de septiembre de 1575.
GREC, «Los moriscos de Calanda ante la Inquisición. Una carta del Tribunal de Zaragoza sobre los nuevos convertidos y el alcaide Rosales (1575)», CalandaGREC, 2026.
Contenido divulgativo: CC BY-NC-SA 4.0.
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