Juan de Almaedí, un morisco de Calanda ante la Inquisición de Roma
El viaje de un calandino hasta la ciudad del papa y el conflicto entre el Santo Oficio romano y la Inquisición española a comienzos del siglo XVII.
Moriscos aragoneses camino de Roma
A comienzos del siglo XVII varios moriscos aragoneses abandonaron temporalmente sus lugares de residencia y viajaron hasta Roma. No se trataba todavía del gran movimiento provocado por la expulsión de 1610. Estos desplazamientos fueron anteriores y respondían, en algunos casos, al temor de ser procesados por la Inquisición española.
Roma ofrecía una posibilidad excepcional. Los fugitivos podían presentarse voluntariamente ante las autoridades eclesiásticas, confesar sus prácticas religiosas anteriores, manifestar su voluntad de vivir como cristianos y obtener una absolución.
Una vez reconciliados con la Iglesia por una autoridad romana, esperaban regresar a Aragón protegidos por una resolución cuya autoridad procedía, en último término, de la propia ciudad del papa.
Juan de Almaedí, de Calanda
Entre estos moriscos aparece un personaje directamente relacionado con Calanda: Juan de Almaedí.
Bruno Pomara propone identificarlo con un individuo denominado Giovanni Macchi en la documentación italiana. La identificación no puede considerarse absolutamente demostrada, pero el investigador la considera muy probable: «Macchi» sería una italianización de al-Macdí, forma relacionada con el apellido Almaedí.
El documento romano identifica a este personaje como procedente de Calanda, localidad que se encontraba bajo la jurisdicción señorial de la Orden de Calatrava.
Su presencia en Roma está documentada en 1603. Ante el Santo Oficio reconoció aspectos de su comportamiento religioso y otros hechos que podían comprometerlo ante la justicia inquisitorial.
Una escopeta en casa
Uno de los elementos más llamativos de su declaración fue el reconocimiento de que había tenido una escopeta en su casa. La posesión de armas por los moriscos era una cuestión especialmente sensible para las autoridades de la Monarquía.
Pomara recoge la declaración conservada en la documentación romana:
Es decir:
Este detalle, aparentemente secundario, terminaría adquiriendo una importancia decisiva cuando Juan regresó a territorio aragonés.
Ayudar a otros moriscos encarcelados
La declaración romana contiene otro dato de gran interés para comprender las relaciones de solidaridad existentes dentro de la comunidad morisca.
Juan reconoció haber entregado dinero a un oficial relacionado con el Santo Oficio para conseguir que otros moriscos encarcelados recibieran un mejor trato cuando fueran sometidos a tormento.
La expresión permite entrever las redes de ayuda que podían establecerse entre los cristianos nuevos frente a la presión inquisitorial.
Los problemas económicos y la conversión
La sentencia de Juan de Almaedí recoge asimismo la explicación que habría ofrecido acerca de su decisión de abandonar las prácticas islámicas y vivir plenamente como cristiano.
Según su declaración, pese a trabajar y esforzarse, sus negocios iban cada vez peor. Almaedí habría interpretado aquellos fracasos como una señal de que vivía de manera equivocada.
En traducción aproximada:
Pomara aconseja, sin embargo, interpretar este tipo de declaraciones con prudencia. Explicaciones semejantes aparecen repetidamente en los procesos inquisitoriales y podían constituir fórmulas destinadas a convencer a los jueces de la sinceridad del arrepentimiento.
La reconciliación romana
Juan consiguió finalmente la reconciliación en Roma. La intervención de las autoridades pontificias podía hacerle pensar que, al regresar a Aragón, su situación quedaba jurídicamente protegida.
Pero el conflicto entre las dos jurisdicciones inquisitoriales estaba lejos de resolverse.
La Suprema ordena detener al morisco de Calanda
La absolución obtenida en Italia no puso fin a los problemas de Juan de Almaedí.
Cuando las autoridades españolas tuvieron noticia de su regreso, el Consejo de la Suprema decidió actuar contra él. La dificultad consistía en que Juan había sido absuelto en Roma in utroque foro, es decir, en ambos fueros.
Procesarlo directamente por los mismos hechos suponía entrar en conflicto con la decisión romana.
La solución encontrada fue utilizar otro motivo: la posesión de armas.
Pomara localiza una orden dirigida desde Madrid a la Inquisición de Zaragoza el 14 de julio de 1606. En ella se dispone actuar contra Juan de Almaedí:
y aplicar:
Todavía resulta más reveladora la instrucción que acompañaba la orden:
La Suprema pretendía, por tanto, que los inquisidores zaragozanos procedieran contra el morisco calandino sin revelar que la iniciativa procedía directamente del Consejo.
Cronología
Texto original
A continuación se reproducen los fragmentos relativos a Juan de Almaedí conservados y citados por Bruno Pomara. Se mantiene la lengua y la grafía de los textos reproducidos por el investigador.
Aunque solo Giovanni Macchi (¿Juan de Almaedí?) confesó haber «tenuto un scoppietto in casa», y era de Calanda, localidad bajo la jurisdicción de la Orden de Calatrava.
Singular la sentencia contra Juan Almaedí, de Calanda: los desastrosos negocios privados eran una señal divina de que si algo va mal es por vivir en la falsa secta de Mahoma:
«vedevi che per quanto sapevi travagliar et affaticar sempre andavi più in ruina, non sapendo dar la causa di questo ad altro, se non perché vivevi nella falsa setta di Mahometto».
En cambio, en Madrid no sienta bien lo acontecido con Juan de Almaedí de Calanda, contra el cual se planifica la detención al regresar de Roma «por aver traído armas».
Esta vez el vicario general capitolino lo había absuelto in utroque foro.
Para hacerse con Juan, sorteando la decisión romana, el inquisidor general manda a los ministros zaragozanos aplicar el «edicto de las armas publicado contra los moriscos que los traxeran».
La orden tiene que cumplirse «así, sin dar a entender tenéis orden nuestra» para finalmente escarmentar al morisco.
Es oportuno suponer que este Juan sea el Giovanni Macchi de Calanda reconciliado en 1603 en Roma.
Ante el vicario capitolino éste había confesado la posesión de una escopeta en casa, revelando asimismo el soborno de un oficial del centro penitencial zaragozano para asegurarse el buen trato hacia otros moriscos detenidos que tenían que haberse sometido al tormento.
«Hai tenuto un scoppietto in casa et dato la mancia al boia del Santo Officio acció trattasse bene detti tuoi fratelli che doveano esser tormentati in detto Santo Officio».
Reconciliado en forma en Italia, se ha dicho que se procede a su castigo en Zaragoza.
Interpretación histórica
El interés del caso de Juan de Almaedí trasciende la biografía individual. Su historia demuestra la movilidad de algunos miembros de la comunidad morisca aragonesa antes de la expulsión y su capacidad para utilizar las diferencias jurisdiccionales existentes dentro de la propia Iglesia.
El viaje entre Calanda y Roma revela asimismo que las comunidades moriscas del Aragón rural no constituían un mundo aislado. Algunos de sus miembros conocían los mecanismos inquisitoriales, mantenían redes que superaban ampliamente el ámbito local y eran capaces de desplazarse cientos de kilómetros buscando una solución a su situación judicial.
Especialmente significativo resulta el enfrentamiento indirecto entre Roma y la Suprema. Almaedí había conseguido una absolución de las autoridades romanas; sin embargo, la Inquisición española buscó una vía diferente para detenerlo utilizando la legislación sobre las armas.
El episodio adquiere todavía mayor importancia visto desde Calanda. Siete años después de la reconciliación romana de 1603, la expulsión de 1610 provocaría la desaparición de la comunidad morisca que había constituido durante siglos una parte fundamental de la población de la localidad.
Fuentes y referencias
Bruno Pomara Saverino, Rifugiati. I moriscos e l’Italia (1550-1650), tesis doctoral en cotutela internacional en Historia Moderna, Universitat de València – Università degli Studi della Repubblica di San Marino, 2016.
Especialmente pp. 91, 95-96 y 111-112.
Fuentes documentales citadas por Pomara:
TCD, ms. 1228, ff. 148r-150v.
ACDF, Decreta, 1603, cc. 169v y 180v.
AHN, Inquisición, libro 332, f. 2v. Madrid, 14 de julio de 1606.
AHN, Inquisición, libro 332, f. 33.
GREC, «Juan de Almaedí, un morisco de Calanda ante la Inquisición de Roma (1603-1606)», CalandaGREC.
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