DOCUMENTACIÓN HISTÓRICA · CALANDA · SIGLO XVII
Capitulación y concordia para la fábrica de la iglesia de Calanda
Acuerdo entre la villa de Calanda y los maestros Francisco Laso y Jusepe Latorre
Calanda, 1642
Área de identificación
| Fecha | 1642 |
|---|---|
| Lugar | Villa de Calanda |
| Institución | Consejo y Universidad de la villa de Calanda |
| Protagonistas | Francisco Laso y Jusepe Latorre, maestros albañiles |
| Asunto | Capitulación para la fábrica de la nueva iglesia de Calanda |
| Notario | Lázaro Macario Gómez |
Resumen histórico
El documento recoge la capitulación otorgada entre el Consejo y Universidad de la villa de Calanda y los maestros albañiles Francisco Laso, vecino de Muniesa, y Jusepe Latorre, vecino de Montalbán, para la construcción de la nueva iglesia parroquial de la villa.
La reunión concejil fue convocada por pregón público por mandato de los jurados Jerónimo León y Juan Navarro de Juan. El consejo se celebró en la plaza de la villa, lugar acostumbrado para este tipo de actos comunitarios.
La obra fue contratada por un precio de 200.000 sueldos jaqueses, pagaderos en diez años. El plazo de ejecución se fijó en ocho años, contados desde el 1 de mayo de 1642.
Contexto histórico
La construcción de una iglesia parroquial era una de las empresas colectivas más importantes que podía asumir una comunidad rural en la Edad Moderna. No solo respondía a necesidades religiosas, sino también al deseo de prestigio, representación y afirmación institucional de la villa.
La capitulación muestra a Calanda actuando como comunidad jurídica organizada: justicia, jurados, vecinos y universidad participan en una decisión de gran alcance económico. El documento refleja, además, la importancia de los modelos arquitectónicos del entorno, especialmente las iglesias de Alloza, Andorra y Santa Lucía de Alcañiz, así como el colegio de la Trinidad de Zaragoza.
Claves del documento
- La iglesia de Alloza se toma como modelo principal para anchura, altura, puertas, portadas, coro y armadura.
- La media naranja del presbiterio debía seguir el modelo de la iglesia de Andorra.
- El antepecho del coro debía asemejarse al de Santa Lucía de Alcañiz.
- Las bóvedas y ventanas se inspiraban en el colegio de la Trinidad de Zaragoza.
- Las paredes exteriores debían hacerse en piedra de sillería hasta cuatro varas de altura.
- La obra debía terminarse en ocho años.
- Los maestros garantizarían la fábrica durante dos años tras su conclusión.
- La villa pagaría 200.000 sueldos jaqueses en diez anualidades.
Personas citadas
| Nombre | Identificación | Papel en el documento |
|---|---|---|
| Juan Bernia | Justicia de Calanda | Preside el consejo local |
| Jerónimo León | Jurado de Calanda | Ordena la convocatoria del consejo |
| Juan Navarro de Juan | Jurado de Calanda | Ordena la convocatoria del consejo |
| Francisco Laso | Albañil, vecino de Muniesa | Maestro contratado para la fábrica de la iglesia |
| Jusepe Latorre | Albañil, vecino de Montalbán | Maestro contratado para la fábrica de la iglesia |
| Lázaro Macario Gómez | Notario público | Autoriza la capitulación |
Texto corregido
Eodem die et loco. He llamado, congregado, convocado y ajuntado el Consejo y Universidad de la villa de Calanda, vecinos y habitadores de aquella, por mandamiento de Jerónimo León y Juan Navarro de Juan, jurados de la villa de Calanda en el año presente, por llamamiento público y pregón de Simón Esteban, corredor público de dicha villa.
Y así allegado y ajuntado el dicho concejo y universidad de la dicha villa de Calanda en la plaza de aquella, lugar donde para hacer semejantes actos y cosas el dicho consejo se acostumbra congregar y ajuntar.
Francisco Laso, albañil vecino de la villa de Muniesa, y Jusepe Latorre, albañil vecino de la villa de Montalbán, hallados de presente en dicha villa de Calanda, dijeron que acerca de la fábrica de la iglesia que dicho Consejo y Universidad quiere hacer, las partes se habían ajustado a una capitulación y concordia.
Ítem está pactado que los dichos Francisco Laso y Jusepe Latorre hayan de dar hecha, perfeccionada, rematada y acabada la iglesia dentro del tiempo de ocho años, que principiarán el día primero del mes de mayo del año 1642.
Ítem está pactado que los dichos Francisco Laso y Jusepe Latorre hayan de hacer a su gasto y costa toda la dicha iglesia, y que por ello la villa de Calanda, jurados, Consejo y Universidad, les hayan de pagar doscientos mil sueldos jaqueses, pagaderos en diez años.
Nota editorial
La presente edición moderniza parcialmente la ortografía y la puntuación para facilitar la lectura, manteniendo el sentido original del documento. Los pasajes dudosos o incompletos deberán revisarse sobre el original.
Este documento debe citarse indicando al Grupo de Estudios Calandinos como responsable de la edición, transcripción y contextualización histórica.