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Calanda, 1638 | Protocolos notariales y vida municipal
GREC · Protocolos notariales · Calanda · 1638

Calanda en 1638: familia, deuda, gobierno local y control comunitario

Página de síntesis documental a partir de varios folios notariales de 1638. El conjunto permite observar la vida cotidiana y las tensiones de la comunidad a través de capitulaciones matrimoniales, ventas con comanda encubierta, pregones de control de movilidad, nombramientos de oficios y acuerdos del Consejo y Universidad de Calanda y Foz-Calanda.

Capítulos matrimoniales Comandas y crédito Consejo y Universidad Desavecindamiento Servicio de Su Majestad

Contexto general

Los folios aquí reunidos ofrecen una imagen densa y muy precisa de la sociedad calandina en el verano y otoño de 1638. En ellos se cruzan tres planos fundamentales: la economía familiar, la gestión del crédito y la autoridad del municipio sobre los vecinos y habitadores.

Las capitulaciones matrimoniales muestran cómo el matrimonio seguía siendo una institución de orden económico y patrimonial, donde se fijaban herencias, reservas de usufructo, dotes, ropa de casa y condiciones de viudedad. A la vez, las ventas y comandas revelan una circulación monetaria sostenida en sueldos jaqueses y una práctica jurídica en la que la deuda quedaba respaldada por casas, heredades y rentas.

Junto a ello, los actos del Consejo y Universidad de Calanda y Foz-Calanda permiten observar un fuerte control sobre la movilidad de los vecinos, la organización del servicio militar, la capacidad de desavecindar a determinadas personas y la formalización de grandes obligaciones colectivas, como la comanda de veintiocho mil sueldos tomada por la villa de Calanda.

Claves del conjunto documental

Familia y patrimonio

El matrimonio entre Juan Meseguer y Bárbara Vallés se articula mediante una capitulación muy detallada, con reservas, dote, ajuar y cláusulas sucesorias.

Crédito y propiedad

La venta de unas casas por 1.800 sueldos y la inmediata comanda por igual cantidad sugieren una operación financiera compleja con garantía inmobiliaria.

Disciplina comunitaria

Los pregones impiden salir del término sin licencia y los sorteados en soldados quedan sujetos a fuertes multas si abandonan la villa.

Poder municipal

El Consejo desavecinda por votación pública, nombra procuradores y participa en grandes obligaciones colectivas que comprometen rentas y bienes de la comunidad.

Personajes y agentes

Jaime Moix

Tío de Juan Meseguer. En la capitulación matrimonial le manda la mitad de su hacienda, reservándose bienes, vivienda y usufructo.

Juan Meseguer y Bárbara Vallés

Contrayentes del matrimonio documentado. Su unión queda regulada con capítulos patrimoniales precisos y con aportaciones familiares diferenciadas.

Antón Ciprés

Sastre de Calanda, comprador de unas casas por 1.800 sueldos y acreedor en la comanda asociada a la operación.

Antonio Gil y Juan Herrero

Jurados de Calanda. Aparecen en actos de convocatoria del consejo, control de vecinos y organización del servicio militar.

Diego de Lara y Martín Corellano

El primero actúa como alcaide y procurador del Comendador Mayor; el segundo es nombrado justicia y juez ordinario de la villa.

Jerónimo León

Justicia de la villa en junio y más tarde mercader acreedor de la gran comanda de 28.000 sueldos asumida por el consejo de Calanda.

Cronología de 1638

23 de junio de 1638 Se formalizan las capitulaciones matrimoniales entre Juan Meseguer y Bárbara Vallés.
27 de junio de 1638 El Consejo de Calanda vota el desavecindamiento de Rafael Sánchez, Catalina Barrancos y Jerónima Sánchez.
28 de junio de 1638 Jerónimo de León renuncia a la justicia; Diego de Lara nombra a Martín Corellano como nuevo justicia ordinario.
8 de julio de 1638 Se vende una casa a Antón Ciprés por 1.800 sueldos y se otorga una comanda por el mismo importe.
13–18 de julio de 1638 Se publican pregones para impedir la salida del término sin licencia y se notifica a los sorteados en soldados su obligación de permanecer disponibles.
17 de octubre de 1638 El Consejo de Calanda toma en comanda 28.000 sueldos jaqueses de Jerónimo León y obliga para ello rentas y bienes colectivos.
28 de octubre de 1638 El Consejo de Foz-Calanda nombra procurador para negociar la liberación del pago anual de 600 sueldos a la villa de Alcañiz.

Resumen de documentos

Folio Fecha Tipo Contenido principal
225 23 junio 1638 Capitulación matrimonial Condiciones económicas del matrimonio entre Juan Meseguer y Bárbara Vallés, con dote, reserva de bienes y cláusulas de viudedad.
269–270 8 julio 1638 Venta + comanda Venta de unas casas a Antón Ciprés por 1.800 sueldos y comanda otorgada el mismo día por idéntica cantidad.
271–273 13–18 julio 1638 Pregón y justicia Restricción de movilidad de vecinos y mancebos, aviso a soldados sorteados y sustitución del justicia por lugarteniente.
254 27 junio 1638 Consejo y Universidad Acuerdo de desavecindamiento por votación con judías y piedras, y aprobación del alcalde.
262 28 junio 1638 Renuncia y nombramiento Renuncia de Jerónimo de León y nombramiento de Martín Corellano como justicia y juez ordinario.
376 17 octubre 1638 Gran comanda municipal La villa de Calanda toma 28.000 sueldos jaqueses de Jerónimo León y obliga rentas, términos y bienes concejiles.
Foz-Calanda 28 octubre 1638 Poder de procuración El consejo de Foz-Calanda faculta a Miguel Escobedo para negociar la supresión del pago anual de 600 sueldos a Alcañiz.

Selección documental

Fragmentos destacados en caja de lectura

Capitulación matrimonial, 23 de junio de 1638. Jaime Moix manda a su sobrino Juan Meseguer la mitad de su hacienda, reservándose la casa, la heredad de la Sierra y el uso de sus bienes durante su vida. El matrimonio de Juan Meseguer y Bárbara Vallés queda articulado con dote, ropa de casa, arca de pino, cláusulas de viudedad y previsiones sobre la reversión de la herencia si faltan hijos legítimos.

Venta de casas y comanda, 8 de julio de 1638. Juan Navarro y Luisa Hueso venden a Antón Ciprés unas casas sitas en Calanda por 1.800 sueldos jaqueses. Ese mismo día, Antón Ciprés reconoce tener en verdadera comanda de Juan Navarro la misma cantidad, lo que revela una operación de crédito respaldada por inmueble.

Pregón público, 13 de julio de 1638. Nadal Pujol, corredor público, pregona por mandamiento de los jurados que ningún vecino ni habitador, casado o mancebo, salga de la villa ni de su término sin licencia, bajo pena de 500 sueldos jaqueses y otras penas arbitrarias.

Notificación a soldados sorteados, 18 de julio de 1638. Antonio Gil notifica a varios mancebos que han salido sorteados en soldados y les manda no abandonar el término de la villa para permanecer disponibles al servicio de Su Majestad.

Desavecindamiento, 27 de junio de 1638. El Consejo y Universidad de Calanda, reunido en la plaza y bajo el cobertizo acostumbrado, vota con judías y piedras el desavecindamiento de Rafael Sánchez, Catalina Barrancos y Jerónima Sánchez. El resultado, 64 judías frente a 9 piedras, resuelve su expulsión como vecinos.

Nombramiento de justicia, 28 de junio de 1638. Tras la renuncia de Jerónimo de León, Diego de Lara, como procurador del Comendador Mayor, nombra a Martín Corellano justicia y juez ordinario de Calanda, quien jura guardar los fueros y observancias del reino.

Comanda del Consejo de Calanda, 17 de octubre de 1638. La universidad de la villa reconoce haber recibido en comanda 28.000 sueldos jaqueses de Jerónimo León y obliga para su restitución términos, hierbas, hornos, aguas, molinos, carnicerías, leñas, ganados, bienes y rentas del concejo y de los vecinos.

Poder del Consejo de Foz-Calanda, 28 de octubre de 1638. El lugar nombra a Miguel Escobedo como procurador para pactar la liberación del pago anual de 600 sueldos a Alcañiz por razón de la aprehensión del lugar, ofreciendo hasta 2.000 sueldos jaqueses para alcanzar dicho objetivo.

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