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8 DE DICIEMBRE 1931. PLENO MUNICIPAL

Folio 65

En Calanda 8 de diciembre de 1931 siendo las 11 horas, se reunieron los señores expresados al margen con el fin de celebrar sesión ordinaria, en segunda convocatoria, conforme al artículo 104 de de la ley municipal vigente.

Fue leída la del anterior sesión se aprueba por unanimidad.

Pasando al orden del día de la lectura a una instancia escrita por varios vecinos industriales establecidos, encabezados por Eloy Crespo y Pedro Bernad, en súplica que se haga cumplir por la alcaldía la jornada mercantil acordada por este ayuntamiento, y el descanso dominical, Así como se eleven las tarifas actuales de la venta ambulante. Se acuerdan dar cumplimiento al ruego estresado primeramente, bien cuanto al segundo se acuerdan no acceder a la solicitada si solo como estableciendo las siguientes tarifas para la venta ambulante: chorizos una peseta, tejidos cinco, mantas cinco, fajas, zapatos dos, alpargatas uno, ferretería y porcelana cinco, paquetería y quincalla tres, capaceros y tinajeros una, fotografías una, carbón uno, cerdos y caballerías dos, todos los demás géneros no expresar anteriormente una peseta.

Se acuerda consignar al empleando Vicente Añón por sus servicios del cuidado de la jardinería la gratificación de […] pesetas anuales desde los próximos presupuestos.

Se autoriza al voz pública para que cobre dos pesetas por cada bando escrito, a la vez se le recuerda para que ejerza la vigilancia en las salas de espectáculos.

Se acuerdan mantener para los próximos presupuestos, y mientras otra cosa no se disponga, la consignación de los conceptos siguientes: gratificación al organista por la misa de 11 y la de párvulos mientras otras no se disponga.

El señor alcalde da cuenta de la asistencia el descontentp que ofrece el vecindario a satisfacer el árbitro por el reconocimiento de cerdos sacrificados a domicilio, por creer excesivo su cuantía. Se acuerda conforme a Real decreto ley de 25 de junio de 1926 suspender dicho árbitro para el próximo año y su importe acumularlo desde el próximo año y su importe acumulado desde el próximo ejercicio al reparto de utilidades municipal pero sólo a las carnes que no se destinen a la venta.

Al oficial primero Don Pedro Rodríguez se le aumenta sus haberes refundiendo en el sueldo sus gratificaciones actuales en la cifra total de 3.000 pesetas, consignadas en los próximos presupuestos.

Se acuerda la adquisición en la casa Krupp de una caja de caudales para la guardia y custodia de los fondos públicos, por importe de 200 pesetas.

A propuesta del secretario se acuerda que las acciones 242, 300 17, 20 del empréstito municipal pertenecientes al señor Crespo y que han sido equivocadamente amortizadas este año por segunda vez debido haberse extraviado los cupones de años atrás, se acuerda, pues, permutarlas por otras del mismo señor las número 125,26 y 25.

Se acuerda señalar un nuevo significativo plazo de cinco días al ex-depositario municipal señor Conesa, para que practique la liquidación de sus fondos de depositario contrario se requerirá su fianza personal don Pedro Portolés para que responda del caudal, y sólo en último caso se verá el Ayuntamiento obligado a proceder acusando de malversación ante los tribunales.

Se da cuenta de la carta del señor ingeniero Escartín bien contestando a los deseos expuestos por el concejal señor Gasca manifiesta las dificultades con que se encuentra para realizar el presupuesto aquí alcanzarían las tan deseadas obras de alcantarillado en la población, En tanto que previamente hace un cálculo aproximado al que alcanzarían las obras de 50.000 duros. El Ayuntamiento acuerda contestarle manifestándole la imposibilidad de emprender la obra mencionada la imposibilidad de emprender la obra mencionada del alcantarillado mientras no se concedan a los municipios mayor amplitud para sus haciendas.

Se presenta el vecino Isidro Herrero quien entrega al ayuntamiento una instancia en que expone quien representación de los señores herederos de Fortón con estos ponen como requisito para la cesión gratis ya de los terrenos del calvario para la construcción del grupo escolar en proyecto la concesión igualmente gratuita de las aguas sobrantes de la inmediata fuente de la glorieta para el riego de sus campos inmediatos. El señor alcalde contesta que en la petición verbal que hizo personalmente a estos señores en su domicilio de Zaragoza estos señores no impusieron ni exigieron tal condición para nada por lo que extraña esta exigencia de última hora.

El Ayuntamiento acuerda que caso que se llegue a la utilización efectiva de dichos terrenos para la finalidad mencionada estuviera en su día si habrá de ceder o no según el acuerdo que recaiga por el ayuntamiento, ceder el aprovechamiento de las aguas solicitadas, pero sin otras consecuencias que una simple yo ni losa concepción con un precio módico pre día con esta estación en escritura pública de que se haga sin resultados ulteriores, sin consecuencias jurídicas que supongan una obligación perpetua del ayuntamiento, y siempre después de bien abastecidos todos los aprovechamientos establecidos y por establecer.

Se acuerda gráficar a Manuel Zárate Prat en la forma ordinaria por la presentación de un zorro sí grado como animal dañino, y a Manuel González por un ave de rapiña. El señor secretario dale duro a las ordenanzas de arbitrios de pesos y medidas, matadero, carnes frescas, bebidas alcohólicas, sello municipal, y tres estaciones personal que serán insertas en el expediente de los presupuestos para el próximo ejercicio.

Finalmente el secretario de la corporación la lectura al presupuesto ordinario de este ayuntamiento para el próximo ejercicio económico de 1932 en la forma que se detallan en el correspondiente expediente se aprueba por una dignidad , y se acuerda sacarlo a la exposición pública como en la forma que determina el reglamento de hacienda municipal como previa la inserción de su anuncio en el boletín oficial de la provincia.

Se acuerda dar de alta en la vecindad a petición propia a don Emiliano Millán Merino para incluirlo en la próxima rectificación anual del padrón vecinal por que llevar seis meses de residencia efectiva en el término, Conforme señala el artículo 30 y seis del estatuto municipal vigente. Se hará la oportuna notificación  al alcalde de Valdealgorfa donde están de ahora a estado residenciado.

Y no habiendo más asuntos ha que tratar se levanta la sesión de la que se extienden la presenta hasta que firmar los reunidos conmigo ese secretario de que certificó.

  • Joaquín Colera – Alcalde
  • Vocales
    • José Ariño
    • Mariano Aznar
    • Sebastían Esteban
    • José González
    • Antonio Herrero
  • Julio Pelayo – Secretario

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