Documento folio 40
En la villa de Calanda a once días del mes de octubre del año contado del nacimiento de Nuestro Señor Jesucristo de mil setecientos setenta.
Que yo Pedro Navarro Sese, labrador y vecino de esta villa, de buen grado, Certificado Vendo a Antonio Maestre, labrador vecino de la misma villa para sí y los suyos:
Un campo sitio en la partida la vía del Cristiano termino de esta villa que será cuatro jornales de labrar y confronta con: Pedro Claramonte, Clemente Vidangos y carretera. Así como las estas confrontaciones, así aquello le vendo con todos sus derechos de buen grado, franco por precio de Diez y nueve libras jaquesas.
Las cuales renunciante transfereciente de buen grado reconozco Nomine Precario y de Constituto y me obligo a evicción plenaria de buen grado si costas aquellas hubiere, mediante Carta de Gracia que para mí y a los míos reservo de poder recomprar el este campo arriba confrontado al este comprador o a los suyos por otras diez y nueve libras jaquesas y si cuando se usase esta Carta de Gracia, este campo estuviese sembrado o de huebra ha de ser para el comprador. Y con esto para la seguridad y cumplimiento de esta evicción obligo mi persona y bienes muebles y sitios, y que esta obligación sea espacial en tal manera y de buen grado con cláusulas de Ejecución, Precario, Constituto, Aprehensión, Inventario, Emparamiento y de buen grado renuncio, jusmetiendome y quiero será variación de juicio y finalmente renuncio de buen grado. Fiat large exquibus.
Testigos Pedro Antonio Gómez, escribiente y Manuel Alcañiz, herrero. Calanda a día de hoy.
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