En la villa de Calanda al primer día del mes de octubre del año contado del nacimiento de Nuestro Señor Jesucristo de 1770. Que nosotros Miguel Matheo Labrador y María Bielsa cónyuges vecinos del lugar de Codoñera y hallados en esta villa de Calanda los dos juntos y cada uno de nosotros por sí y de buen grado.
Certificamos Vendemos a Alexandro Mendaño menor en dias vecino vecino de esta villa para sí y los suyos un cuarto de casa de alto a bajo, sito a la Era del Orden de esta villa confronta con Juan Meseguer, Joaquín Bielsa, era y callejón.
Así como estas confrontaciones, así aquello le vendemos con todos sus derechos los dos juntos y cada uno de nosotros por sí y de buen grado franco por precio de quince libras y doce sueldos jaqueses.
Las cuales renunciantes transferecientes los dos juntos y cada uno de nosotros por sí y de buen grado reconocemos Nomine Precario y de Constitutivo y nos obligamos a evicción plenaria los dos juntos y cada uno de nosotros por sí y de buen grado si costas aquellas a lo cual cumplir obligamos nuestras personas y bienes muebles y sitios los cuales muebles y los sitios los dos juntos y cada uno de nosotros por sí y de buen grado y que esta obligación sea especialmente de tal manera con Cláusulas de Ejecución, Precario, Constitutivo, Aprehensión, Inventario , Emparamiento los dos juntos y cada uno de nosotros por sí y de buen grado renunciación, jusmisión de Jueces y variación de juicio y renunciamos finalmente los dos juntos y cada uno de nosotros por sí y de buen grado Fiat lange exquibus
Testigos Antonio Navarro mancebo y Manuel Alcañiz , herrero Calanda a día de hoy.

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