Protocolo notarial. Marcos Gómez Figueras
Transcripción: Asunción Blesa Castán
En la villa de Calanda a diecinueve días del mes de agosto del año contado del nacimiento de Nuestro Señor Jesucristo de 1770. Que nosotros Agustín Grau1, tinajero y Theresa Catalan2 cónyuges vecinos de esta villa de Calanda los dos juntos y cada uno de nosotros por sí y de buen grado Certificamos Vendemos a Antonio Herrero Bux3, labrador vecino de la esta villa para sí y los suyos un ribero plantado de empeltes sitio en la partida la Huerta Alta termino de esta villa, que sería de una hora de labrar poco más o menos y confronta con comprador, Lázaro Valles y rio. Así como las estas confrontaciones.
Así aquello le vendemos con todos sus derechos los dos juntos y cada uno de nosotros por sí y de buen grado franco por precio de cuarenta libras jaquesas, las cuales renunciantes trasferencientes los dos juntos y cada uno de nosotros por sí y de buen grado reconocemos Nomine Precario y de Constitutivo y nos obligamos a evicción plenaria los dos juntos y cada uno de nosotros por sí y de buen grado si costas aquellas a lo cual cumplir obligamos nuestras personas y bienes muebles y sitios los cuales muebles y los sitios los dos juntos y cada uno de nosotros por sí y de buen grado y que esta obligación sea especialmente de tal manera con Cláusulas de Ejecución, Precario, constituto, Aprehensión, Inventario , Emparamiento, Renunciación, jusmisión variación de juicio los dos juntos y cada uno de nosotros por sí y de buen grado Fiat large exquibus
Testigos Pedro Antonio Gómez, escribiente y Joseph Sancho, labrador. Calanda a día de hoy.
AHMA. Notario
(1) Agustín Grao Herrero (1698-1774) y Teresa Catalán (1705-1774), vecinos del barrio de las cantarerias; se les conoce una sola hija casada con Macario Milián que vive en el mismo barrio.
(2) Antonio Herrero Bux (1738-1804)


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