Los hechos
La noche de 5 de junio de 1932, un grupo de jóvenes calandinos al pasar delante del cuartel de de la Guardia Civil entonan la Internacional. El hecho por banal que parezca es interpretado en el contexto de la época como con un atentado a la autoridad y un ataque a la república.
El contexto
“La Internacional” se considera, desde su creación en 1871, el himno del movimiento obrero; un himno asociado a los partidos socialista, comunista y a los movimientos anarquistas. A iniciativa del comandante del puesto de Calanda, posiblemente en acuerdo con el ayuntamiento, tres vecinos son arrestados y presentados ante el Juez de Alcañiz. A los detenidos se les acusa de, presuntamente, pertenecer a la Confederación Nacional del Trabajo, sindicato perteneciente a la corriente anarquista.
El Bajo Aragón, azotado por un paro endémico, es caldo de cultivo de los movimientos revolucionarios, quienes han logrado extender sus ramificaciones en cada uno de los pueblos de la comarca. En los meses anteriores, Calanda ha vivido la huelga de limpiadores de olivos, la huelga de los trabajadores del ferrocarril , acontecimientos que llevaron al gobernador civil a acantonar a un destacamento del regimiento nº 22 de infantería en la villa.
El 13 de junio de 1932, el Juez de instrucción de Alcañiz, basándose en el artículo 394 de la ley de Enjuiciamiento criminal, actúa en contra de los denunciados. Los vecinos Jesús Navarro Soler, Manuel Asensio Milián y Ramón Vallés Inés son acusados de incitación a la rebelión por el mero hecho de de cantar el himno de la 3º internacional.
La defensa de los acusados argumentará que los jóvenes desconocían el significado político de la canción, que habían comprado la letra de la copla llamada “El hijo del pueblo” a un ciego ambulante y que en ningún caso pretendían combatir el régimen establecido.
La causa seguirá su curso legal hasta el día uno de agosto. El Presidente del trinunal ordena el sobreseimiento del caso de forma provisional, quedando libres de toda acusación los jóvenes calandinos. La sentencia tiene dos lecturas. La primera que la Justicia entiende que la actuación de los jóvenes ha sido un acto de provocación de una cuadrilla bravucona e inconsciente. La segunda que el Juez, visto el caracter leve de la falta y los ánimos de la población, opta por liberar los encausados a cambio de evitar posibles alteraciones del orden.
Pero, más allá del conciso relato de unos acontecimiento que podrían considerarse como anecdóticos, los hechos ocurridos plantean diversos interrogantes aún sin resolver :
- ¿Cuándo se difundieron los ideales revolucionarios entre los jornaleros?
- ¿Cómo explicar que los obreros del campo calandinos, abanderados del tradicionalismo carlista en la guerras del siglo XIX, se conviertan al anarquismo?
- ¿Quiénes fueron las personas que asumieron la difusión entre los jornaleros de dichos ideales? ¿Calandinos? ¿Sindicalistas exiliados?
Fuente : AHPT Audiencia 640-2
Documentos
© 2020 Grupo de Estudios Calandinos.
© 2020 Textos y fotografías, sus autores.
Impactos: 120