Carlos V exime Calanda de pagar peaje en Alcañiz.

15/02/2020
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Carta de Carlos V a Fray García, Comendador de Alcañiz

Madrid, 15 de febrero de 1536
Archivo Histórico Nacional.
Transcripción, Grupo de Estudios Calandinos

DON CARLOS por la Gracia de Dios, Emperador semper Augusto et Administrador Perpetuo de la Orden de Caballería de Calatrava, por la Autoridad Apostólica a VOS FRAY GARCIA. Comendador de Alcañiz y Castel de Castella, que por mi mandato tenéis en administración la Encomienda Mayor de Alcañiz, salud y gracia.


Bien sabéis que YO con acuerdo de los Definidores del Capitulo General que la dicha Orden mandé celebrar en la Villa de Madrid el año pasado 1535, mande dar y di una mi provisión firmada de mi nombre et librada de los dichos Definidores et sellada con el sello de la dicha Orden sub tenor de aquel en este que se sigue.

DON CARLOS EMPERADOR semper AUGUSTO REY et ADMINISTRADOR Perpetuo de la Orden de la Caballería y de Calatrava por Autoridad Apostólica a Vos DON JUAN DE LANUZA que tenéis en administración por nuestro mandato la Encomienda Mayor de Alcañiz, SABED que por parte de los Consejeros Jurados y hombres buenos de las Villas de CALANDA y FOZ-CALANDA nos fue hecha por su petición que el Definidor del Capitulo General que de dicha Orden mandamos celebrar fue presentado de que los vecinos y moradores de las dichas villas van a vender sus mercancías a la dicha villa dé Alcañiz y que por razón de ello les hacen pagar el peaje de la forma y manera que lo pagaban en el tiempo que estuvieron enajenados de MOSEN FRANCISCO DE LA CABALLERIA de que recibían agravio por ende que nos suplicaban que pues ellos eran vasallos de la dicha Orden.

MANDAMOS que en dicho peaje como en todas las otras cosas fueran tratados como los otros vasallos de ello et como Ja muestra merced fuere; lo cual visto en el dicho definitorio fue acordado que debíamos mandar esta nuestra carta para VOS por lo cual os mandamos a VOS y cada uno de VOS que ahora de aquí en adelante no pidas ni demandéis ni intentéis pedir ni demandar a los vecinos ni moradores de estas dichas Villas, de las mercancías que llevasen a vender a dicha Villa de Alcañiz como a los dichos vasallos de la misma Orden.

Dado en Madrid a 15 de febrero de 1536.


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